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Devoluciones en transporte y logística

Tres devoluciones distintas al mismo tiempo, con tres procedimientos y tres plazos. La mayoría de las flotas pide una y desconoce las otras dos.

Las tres vías

DevoluciónProcedimientoPlazo clave
IVA nacionalModelo 303, anual o mensual con REDEMEÚltimo periodo o cada mes
IVA soportado en la UEModelo 36030 de septiembre, de caducidad
Gasóleo profesionalCenso específico, abono trimestralInscripción previa obligatoria
Lo que más se pierde

El IVA de combustible y peajes pagados fuera de España. Cada octubre hay flotas que descubren que han perdido varios miles de euros por no presentar el modelo 360 a tiempo.

Por qué el sector está a devolver

  • Transporte internacional exento en los supuestos previstos, con derecho a deducir el IVA soportado.
  • Servicios prestados a clientes de otros Estados miembros, sujetos a inversión del sujeto pasivo en destino y por tanto sin repercusión.
  • Gasto elevado en combustible, peajes y mantenimiento, con IVA soportado en España y fuera.
  • Inversión en flota, con IVA de bienes de inversión concentrado.

El gasóleo profesional, punto por punto

  1. Inscripción en el censo

    Del titular y de cada vehículo. Sin inscripción no hay devolución, y no tiene efecto retroactivo.

  2. Medio de pago admitido

    El suministro debe abonarse con los medios específicos que permiten identificar vehículo y litraje. El efectivo no computa.

  3. Altas y bajas al día

    Los vehículos nuevos hay que darlos de alta expresamente. Es el olvido más frecuente en flotas que crecen.

  4. Control del límite

    Existe un tope de litros por vehículo y periodo que conviene vigilar.

El IVA soportado en la Unión Europea

Combustible, peajes, reparaciones, aparcamientos y servicios contratados en otros Estados miembros llevan IVA de esos países, que no es deducible en el modelo 303 español. Se recupera con el modelo 360 presentado ante la Agencia Tributaria española, que lo remite al Estado de devolución.

Dos advertencias: el plazo del 30 de septiembre es de caducidad y no admite prórroga, y cada país aplica sus propias reglas de deducibilidad, de modo que conceptos deducibles en España pueden no serlo allí.

Lo que suma el conjunto

Flota de doce camiones en transporte internacional.

Devolución de IVA nacionalRecurrente
IVA soportado en la UE por combustible y peajesMuy relevante
Gasóleo profesional, abono trimestralPor litro y vehículo
Las tres juntas cambian la tesorería de la empresa—
Preguntas frecuentes

Transporte y logística

¿El transporte internacional está exento de IVA?

Determinados servicios de transporte relacionados con exportaciones, importaciones y regímenes aduaneros están exentos con derecho a deducción, y el transporte de viajeros internacional tiene su propio régimen. Las reglas de localización de los servicios de transporte son técnicas y dependen del tipo de servicio y de la condición del destinatario, de modo que conviene verificarlas operación por operación cuando el volumen lo justifica.

Repostamos en Francia con tarjeta de la empresa. ¿Recuperamos ese IVA?

Sí, mediante el modelo 360, siempre que se conserven las facturas con los requisitos que exija el Estado de devolución y se presente antes del 30 de septiembre del año siguiente. Las tarjetas profesionales de carburante suelen emitir facturas periódicas con el detalle necesario, lo que facilita mucho el trámite.

¿Se pueden anticipar estas devoluciones?

La de IVA nacional, sin duda, sobre todo si es recurrente. Las del modelo 360 y del gasóleo profesional se valoran en función del importe y de la periodicidad: en flotas de cierto tamaño la recurrencia hace que la operación pueda estructurarse conjuntamente con la principal.

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Aviso. Este contenido es informativo y refleja la normativa, el criterio administrativo y la jurisprudencia vigentes en la fecha de su última revisión. Los plazos, los tipos de interés de demora y los criterios de la Agencia Tributaria sobre las devoluciones cambian con frecuencia, y cada expediente depende de sus propios hechos y de la documentación que lo respalde, por lo que conviene verificar siempre la norma aplicable a su periodo. No sustituye al asesoramiento profesional sobre un caso concreto. Para una respuesta sobre su devolución, escríbanos a Contacto@TaxCash.es.

¿Tiene una devolución esperando en Hacienda?

Da igual si acaba de presentarla, si ya han pasado los seis meses o si le ha llegado un requerimiento. Estudiamos el expediente, le decimos si podemos anticiparle el importe y, si hay comprobación, la defendemos hasta el final. La primera valoración no cuesta nada.

Quién lleva el expediente

La valoración y la defensa las lleva LRB Tax & Legal

El anticipo es la parte financiera. El criterio lo pone un despacho: LRB Tax & Legal, abogados y asesores fiscales, es quien estudia si la devolución se sostiene y quien da la cara ante la Agencia Tributaria si hay comprobación.

Análisis de la situación

Revisión del expediente antes de nada: si la devolución está bien fundada, qué prueba la sostiene, dónde están los puntos débiles y qué riesgo real tiene de comprobación. Es el mismo dictamen que después sirve para defenderla.

Asesoramiento recaudatorio ante la AEAT

Aplazamientos y fraccionamientos, garantías, compensación de deudas con la devolución pendiente, suspensión de la ejecución y actuaciones frente a providencias de apremio y embargos. La vertiente de recaudación tiene reglas propias y plazos cortos.

Representación y defensa en la comprobación

Representación ante la Administración desde el primer requerimiento: contestaciones, alegaciones, defensa en comprobación limitada e inspección, impugnación separada de la sanción y recursos hasta donde haga falta.

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