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Propuesta de liquidación y trámite de alegaciones

Es la última oportunidad barata de corregir el rumbo. Después de esto, todo lo que venga cuesta tasas, tiempo y, con frecuencia, garantías. Y sin embargo, es el trámite que más se descuida.

Qué es la propuesta

Antes de dictar la liquidación, la Administración comunica su propuesta con los hechos y fundamentos en que se basa y concede un plazo para formular alegaciones y aportar los documentos que se estimen oportunos. Es un trámite obligatorio cuya omisión constituye un defecto procedimental.

La propuesta contiene, además, información valiosa: revela exactamente qué ha entendido la Administración, en qué se apoya y qué considera acreditado y qué no. Leerla con detenimiento es el primer trabajo.

El cálculo del expediente

Unas alegaciones bien construidas cuestan una fracción de lo que cuesta un recurso. Y evitan la firmeza de una liquidación que después habrá que combatir con avales.

Cómo se estructuran unas alegaciones eficaces

  1. Hechos

    La versión propia, ordenada cronológicamente y con remisión a los documentos que la acreditan. No una narración, un relato documentado.

  2. Defectos procedimentales, si los hay

    Inadecuación del procedimiento, exceso del alcance, caducidad, falta de motivación. Se alegan primero porque, de prosperar, hacen innecesario el resto.

  3. Fundamentos de fondo

    Norma aplicable, doctrina administrativa y jurisprudencia. Con cita concreta, no genérica: una referencia precisa vale más que diez menciones vagas.

  4. Prueba

    La documentación que sostiene la posición, numerada y con explicación de qué acredita cada documento.

  5. Petición

    Concreta: que se deje sin efecto la propuesta y se acuerde la devolución solicitada, o subsidiariamente la parte que proceda.

  6. Otrosí sobre la sanción

    Si se ha iniciado expediente sancionador, conviene anticipar la falta de culpabilidad y la interpretación razonable de la norma.

Los argumentos que más funcionan

ArgumentoCuándo procedeEficacia
Inadecuación del procedimientoVerificación de datos usada para el fondoMuy alta
CaducidadSuperados los seis meses en gestiónMuy alta
Prevalencia de los requisitos materialesMinoración por defectos formalesAlta
Falta de motivaciónPropuesta que no explica el porquéAlta
Aportación de prueba nuevaCuando existe y no se aportó antesAlta
Exceso del alcance comunicadoSe regulariza lo que no estaba en el alcanceMedia-alta
Discrepancia interpretativaCriterio discutido sin jurisprudencia claraMedia

Errores en el trámite

  • No presentar alegaciones. Se interpreta como aquietamiento y debilita la posición en el recurso posterior.
  • Presentarlas fuera de plazo. Pueden no ser tenidas en cuenta.
  • Limitarse a discrepar sin aportar prueba ni fundamentación.
  • Abrir frentes nuevos sobre cuestiones que la propuesta no plantea.
  • Reconocer hechos que no era necesario reconocer.
  • Olvidar la sanción, que se tramita en expediente separado y necesita su propia defensa.

El coste de saltarse el trámite

Propuesta que minora una devolución en 60.000 euros por defectos de factura.

Alegaciones con facturas rectificadas y prueba materialCoste bajo, plazo breve
Sin alegaciones: liquidación dictada—
Recurso de reposición o reclamaciónMeses o años
Suspensión de la ejecución con avalCoste del aval
Mismo resultado posible, mucho más caro y tarde—
Preguntas frecuentes

Propuesta y alegaciones

¿Puedo aportar documentación nueva en alegaciones?

Sí, el trámite está previsto precisamente para alegar y aportar documentos. Conviene explicar por qué no se aportó antes cuando exista una razón —se ha obtenido después, procede de un tercero— porque refuerza la credibilidad. Aportar prueba nueva y pertinente en este momento es una de las vías más eficaces de reconducir un expediente.

Si alego, ¿pueden empeorar la propuesta?

La Administración puede dictar la liquidación conforme a lo que resulte del expediente, y en un procedimiento de comprobación puede regularizar los elementos incluidos en el alcance. Lo que no puede es ampliar el alcance sin notificación previa. En la práctica, el riesgo real de empeoramiento por alegar suele venir de abrir voluntariamente frentes nuevos, no de defender bien lo planteado.

¿Cuánto plazo dan?

El que indique la propuesta, habitualmente entre diez y quince días. Si el expediente es complejo o la documentación exige reunirla de terceros, cabe solicitar ampliación de forma motivada antes del vencimiento. Contestar bien con una semana más siempre es preferible a contestar deprisa en plazo.

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¿Tiene una devolución esperando en Hacienda?

Da igual si acaba de presentarla, si ya han pasado los seis meses o si le ha llegado un requerimiento. Estudiamos el expediente, le decimos si podemos anticiparle el importe y, si hay comprobación, la defendemos hasta el final. La primera valoración no cuesta nada.

Quién lleva el expediente

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