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Empresas extranjeras con devoluciones en España
Establecimiento permanente o no establecido: es la pregunta que decide todo. Equivocarse de vía no retrasa la devolución, la pierde, porque el plazo de la vía correcta sigue corriendo mientras se intenta por la otra.
La bifurcación
| Situación | Vía de recuperación del IVA |
|---|---|
| Establecimiento permanente en España | Régimen general: modelo 303, con posibilidad de REDEME |
| No establecido, de otro Estado miembro | Modelo 360, por la ventanilla de su Estado |
| No establecido, de tercer país | Modelo 361, con requisito de reciprocidad |
| No establecido pero con operaciones que obligan a declarar | Régimen general por esas operaciones |
¿Tengo establecimiento permanente a efectos de IVA? El concepto no coincide exactamente con el del Impuesto sobre Sociedades ni con el de los convenios, y la respuesta determina la vía correcta.
Qué puede constituir establecimiento
- Un almacén desde el que se distribuye mercancía propia con medios propios.
- Una obra o proyecto de duración prolongada.
- Personal con capacidad para contratar en nombre de la empresa.
- Instalaciones con medios humanos y materiales suficientes para prestar o recibir servicios de forma estable.
- Una sucursal o agencia inscrita.
La casuística es amplia y las consecuencias, importantes: no solo por la vía de recuperación del IVA, sino por la obligación de presentar declaraciones periódicas y por el propio Impuesto sobre Sociedades.
Las devoluciones que suele tener una empresa extranjera
-
IVA soportado en España
Por gastos de ferias, servicios contratados, alojamiento, transporte o compras. Por la vía que corresponda según su situación. Véase devolución a no establecidos.
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Exceso de retención en el IRNR
Cuando se retuvo al tipo interno y procedía el del convenio, o cuando concurría una exención. Con el modelo 210.
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Retención del 3% en venta de inmuebles
Cuando la ganancia real genera una cuota inferior a la retención practicada, o cuando hubo pérdida.
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Retenciones sobre dividendos, intereses y cánones
Con las exenciones y tipos reducidos de convenios y directivas. Véase retenciones a no residentes.
Los tres problemas operativos
Los requerimientos llegan a un buzón o domicilio que nadie revisa desde el extranjero, y el plazo corre igual. Es la causa evitable número uno de denegación.
De residencia fiscal, de sujeto pasivo, con vigencia limitada y a veces con requisitos de traducción o legalización.
El 30 de septiembre del modelo 360 es de caducidad. Y los procedimientos del IRNR tienen sus propias reglas.
Los tres se resuelven con lo mismo: un representante en España que vigile el expediente y atienda las notificaciones.
Empresas extranjeras
Tengo un almacén en España pero ninguna oficina. ¿Soy establecimiento?
Depende de si ese almacén cuenta con medios humanos y materiales suficientes y con un grado de permanencia que permita considerarlo un establecimiento a efectos de IVA. Un almacén operado íntegramente por un tercero logístico, sin personal propio ni capacidad de decisión, se analiza de forma distinta a uno gestionado con medios propios. Es una cuestión que conviene resolver con criterio antes de elegir la vía.
Presenté el modelo 360 y me dicen que no procede. ¿Qué hago?
Probablemente porque su situación exige presentar declaraciones ordinarias en España. Hay que analizar rápido si el plazo de la vía correcta sigue abierto y actuar en consecuencia, y en su caso regularizar la situación censal. Es el escenario que hay que evitar, porque la combinación de vía equivocada y plazo vencido es la que hace perder devoluciones enteras.
¿Necesito un representante fiscal en España?
Es obligatorio en determinados supuestos y, en todos los demás, altamente recomendable por una razón práctica: alguien tiene que revisar las notificaciones electrónicas y atender los requerimientos en plazo. La mayoría de las denegaciones a empresas extranjeras no responden a un problema de fondo sino a un requerimiento que nadie contestó.
¿Se pueden anticipar estas devoluciones?
Sí, cuando el importe lo justifica y el expediente es sólido. Son devoluciones con esperas largas y con una tasa de incidencias alta, de modo que el anticipo aporta doble valor: la liquidez y el seguimiento técnico del procedimiento en España, que es donde estas solicitudes suelen perderse.
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Aviso. Este contenido es informativo y refleja la normativa, el criterio administrativo y la jurisprudencia vigentes en la fecha de su última revisión. Los plazos, los tipos de interés de demora y los criterios de la Agencia Tributaria sobre las devoluciones cambian con frecuencia, y cada expediente depende de sus propios hechos y de la documentación que lo respalde, por lo que conviene verificar siempre la norma aplicable a su periodo. No sustituye al asesoramiento profesional sobre un caso concreto. Para una respuesta sobre su devolución, escríbanos a Contacto@TaxCash.es.
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