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Cómo trabajamos: método, transparencia y plazos

Condiciones cerradas por escrito antes de firmar. Sin comisiones que aparecen después ni cláusulas que se explican al final. Y una respuesta clara en veinticuatro horas, también cuando es que no.

Los seis principios

  1. El estudio previo no cuesta nada

    Ni antes ni después, se cierre o no la operación. Y no genera obligación alguna: si la propuesta no convence, la documentación se destruye o se devuelve.

  2. Las condiciones se cierran antes de firmar

    Importe, coste total, plazos, qué ocurre si la devolución se minora o se deniega y qué incluye exactamente la defensa. Todo por escrito y todo antes.

  3. Una respuesta real en veinticuatro horas

    No un acuse de recibo: si la devolución es anticipable, en qué rango de condiciones y qué documentación falta. Y si no lo es, también, con la razón.

  4. Interlocutor único

    La misma persona lleva su expediente de principio a fin. No hay que explicar el caso cada vez.

  5. Información sin que la pida

    Del estado del expediente, de las actuaciones de la Administración y de los plazos que corren. Con periodicidad acordada.

  6. No interferimos con su asesoría

    Ni le ofrecemos servicios que ya le presta. Es un compromiso escrito en los acuerdos de colaboración.

La prueba del algodón

Pida siempre por escrito qué ocurre si la Administración minora la devolución. Es la cláusula que mejor revela cómo trabaja quien le ofrece un anticipo. Aquí y en cualquier otro sitio.

Lo que encontrará en nuestra propuesta

ElementoSiempre
Importe que se anticipaSí, con su porcentaje sobre lo solicitado
Coste total de la operaciónEn un único número
Plazos de cada faseSí
Escenario de minoración o denegaciónExpresamente regulado
Alcance de la defensa incluidaDetallado
Garantías exigidas, si las hayExplicadas y justificadas
Efecto si Hacienda paga antes de lo previstoRegulado
Comisiones de apertura ocultasNinguna

Cuando decimos que no

Hay expedientes que no conviene anticipar: devoluciones que se van a compensar de oficio con deudas, créditos ya comprometidos con terceros, o solicitudes que se apoyan en una interpretación sin respaldo. Y hay recursos que no conviene interponer.

Decirlo forma parte del servicio. Un anticipo innecesario no resuelve un problema de tesorería: lo aplaza y lo encarece. Y un recurso perdido cuesta tiempo, garantías y credibilidad para el siguiente.

El seguimiento después de la firma

  • Vigilancia del expediente en la sede electrónica y control de notificaciones.
  • Contestación de requerimientos relativos a la devolución anticipada.
  • Defensa del procedimiento si se abre comprobación o inspección.
  • Control del plazo de seis meses y de las dilaciones computadas.
  • Revisión de la liquidación de intereses cuando se abone la devolución.
  • Informe de cierre cuando la operación se liquida.
Preguntas frecuentes

Cómo trabajamos

¿Qué firmo antes de enviar documentación?

Un compromiso de confidencialidad recíproco, que le protege a usted. Nada más. El estudio no tiene coste ni genera obligación, y si no termina en operación la documentación se destruye o se le devuelve, según prefiera. Las condiciones están en seguridad y confidencialidad.

¿Puedo hablar con alguien antes de mandar nada?

Por supuesto. Muchas conversaciones empiezan por una llamada para explicar la situación y valorar si tiene sentido seguir. Dígalo en el formulario o escríbanos y le llamamos.

¿Trabajan en toda España?

Sí. El expediente de una devolución se tramita electrónicamente y las actuaciones ante la Administración también, de modo que la ubicación de la empresa no condiciona el servicio. Cuando hay actuaciones presenciales —una inspección con comparecencias— se organiza en función de la sede del órgano actuante.

¿Y si quiero que participe mi asesoría en todo?

Es lo habitual y lo preferible. Su asesoría conoce la empresa y tiene la documentación; nosotros aportamos el criterio sobre el expediente. Trabajamos coordinados y con la comunicación que usted decida: directa con nosotros, a través de su despacho o con ambos en copia.

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Aviso. Este contenido es informativo y refleja la normativa, el criterio administrativo y la jurisprudencia vigentes en la fecha de su última revisión. Los plazos, los tipos de interés de demora y los criterios de la Agencia Tributaria sobre las devoluciones cambian con frecuencia, y cada expediente depende de sus propios hechos y de la documentación que lo respalde, por lo que conviene verificar siempre la norma aplicable a su periodo. No sustituye al asesoramiento profesional sobre un caso concreto. Para una respuesta sobre su devolución, escríbanos a Contacto@TaxCash.es.

¿Tiene una devolución esperando en Hacienda?

Da igual si acaba de presentarla, si ya han pasado los seis meses o si le ha llegado un requerimiento. Estudiamos el expediente, le decimos si podemos anticiparle el importe y, si hay comprobación, la defendemos hasta el final. La primera valoración no cuesta nada.

Quién lleva el expediente

La valoración y la defensa las lleva LRB Tax & Legal

El anticipo es la parte financiera. El criterio lo pone un despacho: LRB Tax & Legal, abogados y asesores fiscales, es quien estudia si la devolución se sostiene y quien da la cara ante la Agencia Tributaria si hay comprobación.

Análisis de la situación

Revisión del expediente antes de nada: si la devolución está bien fundada, qué prueba la sostiene, dónde están los puntos débiles y qué riesgo real tiene de comprobación. Es el mismo dictamen que después sirve para defenderla.

Asesoramiento recaudatorio ante la AEAT

Aplazamientos y fraccionamientos, garantías, compensación de deudas con la devolución pendiente, suspensión de la ejecución y actuaciones frente a providencias de apremio y embargos. La vertiente de recaudación tiene reglas propias y plazos cortos.

Representación y defensa en la comprobación

Representación ante la Administración desde el primer requerimiento: contestaciones, alegaciones, defensa en comprobación limitada e inspección, impugnación separada de la sanción y recursos hasta donde haga falta.

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