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Causas frecuentes de denegación o minoración de una devolución
Las diez razones reales por las que se pierden devoluciones. Rara vez es por fraude: casi siempre es por prueba insuficiente o por un formalismo que se pudo corregir a tiempo.
El ranking
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Prueba insuficiente de la realidad de la operación
Sobre todo en servicios intangibles. Hay factura y pago, pero nada acredita qué se hizo. Véase realidad de la operación.
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Defectos formales de la factura
Descripción genérica, falta de NIF o de domicilio, ausencia de desglose. Muchos son subsanables, pero hay que rectificar. Véase requisitos de la factura.
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Prorrata mal calculada o no aplicada
La causa técnica más frecuente. Muchas empresas están en prorrata sin saberlo. Véase prorrata.
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Afectación no acreditada
Vehículos, inmuebles y equipos de uso mixto. La presunción legal solo cubre determinados supuestos y admite prueba en contrario.
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Proveedores en situación irregular
Dados de baja, con NIF revocado o incluidos en actuaciones de control. La buena fe es defendible pero hay que acreditar la diligencia.
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Exención sin la prueba del transporte
En entregas intracomunitarias y exportaciones. Sin acreditar la salida, no hay exención. Véase intracomunitarias.
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Cuotas fuera de plazo o mal anotadas
Deducción de cuotas con más de cuatro años o sin anotación coherente en el libro registro.
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Inversión del sujeto pasivo mal calificada
Cuota repercutida cuando procedía la inversión: no es deducible. Véase inversión del sujeto pasivo.
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Saldo a compensar caducado
Arrastre de más de cuatro años. Véase caducidad del saldo.
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Cuestionamiento de la actividad económica
En sociedades sin ingresos o con actividad reducida. Se rebate con organización de medios y elementos objetivos.
Ocho de las diez causas son evitables o corregibles. La cuestión es cuándo se detectan: antes de presentar cuestan poco; en un recurso, bastante.
Qué hacer ante cada una
| Causa | Respuesta | Momento óptimo |
|---|---|---|
| Prueba insuficiente | Aportar documentación de la época | Antes o en alegaciones |
| Defecto formal | Rectificar y alegar prevalencia del fondo | Cuanto antes |
| Prorrata | Recalcular y, en su caso, rectificar | Antes de presentar |
| Afectación | Documentar el uso empresarial | De forma continua |
| Proveedor irregular | Acreditar buena fe y diligencia | En alegaciones |
| Transporte no probado | Reunir medios alternativos de prueba | En el requerimiento |
| Cuotas fuera de plazo | Poco margen si prescribió | Preventivo |
| ISP mal calificada | Rectificación por el proveedor | Antes de deducir |
| Saldo caducado | Discutible, con argumentos de neutralidad | Preventivo |
| Actividad cuestionada | Acreditar organización y medios | De forma continua |
Y una advertencia sobre la sanción
La denegación de una devolución con frecuencia viene acompañada de un expediente sancionador por solicitar indebidamente devoluciones. Son dos discusiones distintas y se ganan por separado: la sanción exige acreditar la culpabilidad con motivación específica, y su ausencia es la causa de anulación más frecuente.
Aceptar la liquidación no obliga a aceptar la sanción. Está en sanciones.
Causas de denegación
Me han denegado por un defecto de factura. ¿Puedo rectificar ahora?
Sí, y conviene hacerlo cuanto antes, aportando la factura rectificativa en el trámite de alegaciones o en el recurso, junto con la prueba material de la operación. El argumento es que los requisitos materiales concurren y el defecto formal se ha subsanado, con apoyo en la doctrina del TJUE sobre la prevalencia del fondo sobre la forma.
Dicen que mi proveedor es una empresa pantalla. ¿Qué puedo hacer?
Acreditar su buena fe y la diligencia empleada: comprobaciones realizadas sobre el proveedor antes de contratar, normalidad de las condiciones de la operación, pago por vía bancaria y prueba de la entrega efectiva del bien o de la prestación del servicio. La jurisprudencia europea protege a quien no sabía ni podía saber que participaba en una operación irregular, pero esa protección hay que ganársela con hechos.
¿Merece la pena recurrir una minoración?
Depende del motivo. Las minoraciones por defectos formales subsanables y por cómputo de dilaciones tienen buen recorrido. Las basadas en falta de prueba dependen de que se pueda aportar la que falta. Y las que responden a un criterio interpretativo consolidado en contra son las más difíciles. Analizar la viabilidad antes de recurrir forma parte del trabajo.
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Aviso. Este contenido es informativo y refleja la normativa, el criterio administrativo y la jurisprudencia vigentes en la fecha de su última revisión. Los plazos, los tipos de interés de demora y los criterios de la Agencia Tributaria sobre las devoluciones cambian con frecuencia, y cada expediente depende de sus propios hechos y de la documentación que lo respalde, por lo que conviene verificar siempre la norma aplicable a su periodo. No sustituye al asesoramiento profesional sobre un caso concreto. Para una respuesta sobre su devolución, escríbanos a Contacto@TaxCash.es.
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Aplazamientos y fraccionamientos, garantías, compensación de deudas con la devolución pendiente, suspensión de la ejecución y actuaciones frente a providencias de apremio y embargos. La vertiente de recaudación tiene reglas propias y plazos cortos.
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