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Cómo funciona el anticipo de TaxCash, paso a paso
Sin rodeos: qué hace usted, qué hacemos nosotros y en qué plazos. Desde el primer correo hasta el día en que la Agencia Tributaria abona la devolución, que puede ser bastante después de que usted ya haya cobrado.
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Nos envía el expediente
Tres documentos bastan para empezar: la autoliquidación presentada, su justificante de presentación y los libros registro del periodo. Puede mandarlos por correo electrónico o subirlos a la carpeta que le facilitamos. Si prefiere hablar antes, le llamamos y lo comentamos primero.
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Primera valoración en 24 horas
Le decimos si la devolución es anticipable, en qué rango de condiciones y qué documentación adicional necesitamos. Es una respuesta real, no un acuse de recibo. Y si la respuesta es que no procede, se lo decimos igual de rápido y le explicamos por qué.
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Estudio del expediente
Revisamos el origen del saldo, el cuadre con los libros y el SII, las facturas de mayor importe, la prorrata, la situación censal de los proveedores relevantes y los antecedentes de comprobación. Es el mismo análisis que haría la Administración, hecho antes que ella.
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Propuesta cerrada por escrito
Importe que se anticipa, coste, plazos, qué ocurre si la devolución se minora o se deniega, y qué incluye exactamente la defensa del expediente. Todo por escrito y todo antes de que usted firme nada. Sin comisiones que aparecen después.
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Firma y transferencia
Firmado el acuerdo, transferimos el importe a la cuenta de la empresa. En expedientes sencillos, entre tres y siete días hábiles desde que recibimos la documentación completa.
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Seguimiento del expediente
A partir de ahí el expediente lo vigilamos nosotros. Si llega un requerimiento, lo contestamos. Si se abre una comprobación, la defendemos. Si la Administración se retrasa más de seis meses, revisamos la liquidación de intereses y la reclamamos cuando no cuadra.
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Cierre
Cuando la Agencia Tributaria abona la devolución, la operación se liquida conforme a lo pactado. Usted ya había cobrado meses antes.
Quién hace qué
| Tarea | Su empresa | Su asesoría | TaxCash |
|---|---|---|---|
| Llevar la contabilidad | — | Sí, como siempre | — |
| Presentar los impuestos | — | Sí, como siempre | — |
| Aportar la documentación inicial | Sí | Normalmente la facilita ella | — |
| Analizar el riesgo de la devolución | — | — | Sí |
| Poner el dinero | — | — | Sí |
| Contestar requerimientos | — | Coordinada | Sí |
| Defender la comprobación | — | — | Sí |
| Reclamar intereses de demora | — | — | Sí |
La relación con su asesoría no cambia. De hecho, en muchos expedientes es la propia gestoría quien nos lo remite. Véase información para gestorías.
Qué puede acelerar el proceso
- Libros registro en formato exportable y no en PDF escaneado. Ahorra un día completo de trabajo.
- Facturas de mayor importe ya localizadas. Las diez o quince más grandes suelen concentrar la mitad de la cuota soportada.
- Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, actualizado.
- Explicación del origen del saldo en dos líneas. Una obra, una inversión, un cambio de mercado. Ayuda más de lo que parece.
- Antecedentes de comprobaciones anteriores sobre el mismo concepto, con su resolución.
Qué puede retrasarlo
- Descuadres entre el modelo y los libros que hay que depurar antes de valorar nada.
- Proveedores relevantes dados de baja o con situación censal irregular.
- Prorrata no calculada o calculada sin criterio documentado.
- Deudas apremiadas que pueden dar lugar a compensación de oficio.
- Documentación que llega en varias tandas, que obliga a rehacer el análisis.
El proceso, en detalle
¿Tengo que firmar algo antes de que estudien el expediente?
Solo un compromiso de confidencialidad recíproco, que le protege a usted. El estudio no tiene coste ni genera obligación alguna: si la propuesta no le convence, no pasa nada y la documentación se destruye o se le devuelve, como prefiera. Las condiciones de tratamiento de la información están en seguridad y confidencialidad.
¿Necesito autorizarles ante la Agencia Tributaria?
Para el anticipo en sí, no. Para que podamos actuar en el procedimiento —contestar requerimientos, presentar alegaciones o recurrir— sí necesitamos apoderamiento o representación, que se formaliza de la manera habitual y con el alcance concreto que se acuerde. Puede limitarse a un expediente y a unos trámites determinados, no tiene por qué ser general.
¿Puede tramitarlo directamente mi gestoría en mi nombre?
Sí, y es lo más habitual. Muchas asesorías nos remiten los expedientes de sus clientes, coordinan la documentación y participan en el seguimiento. Existe además un programa de colaboración con comisión por operación cerrada, descrito en colaboración con TaxCash.
¿Qué pasa si durante el estudio detectan un error en mi declaración?
Se lo decimos, con la valoración de sus consecuencias y de las opciones disponibles: rectificar, complementar o mantener la posición con argumentos. A veces esa conversación es más valiosa que el propio anticipo, porque evita un expediente sancionador que estaba a punto de llegar. Y si el error hace inviable el anticipo, también se lo decimos.
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Aviso. Este contenido es informativo y refleja la normativa, el criterio administrativo y la jurisprudencia vigentes en la fecha de su última revisión. Los plazos, los tipos de interés de demora y los criterios de la Agencia Tributaria sobre las devoluciones cambian con frecuencia, y cada expediente depende de sus propios hechos y de la documentación que lo respalde, por lo que conviene verificar siempre la norma aplicable a su periodo. No sustituye al asesoramiento profesional sobre un caso concreto. Para una respuesta sobre su devolución, escríbanos a Contacto@TaxCash.es.
¿Tiene una devolución esperando en Hacienda?
Da igual si acaba de presentarla, si ya han pasado los seis meses o si le ha llegado un requerimiento. Estudiamos el expediente, le decimos si podemos anticiparle el importe y, si hay comprobación, la defendemos hasta el final. La primera valoración no cuesta nada.
La valoración y la defensa las lleva LRB Tax & Legal
El anticipo es la parte financiera. El criterio lo pone un despacho: LRB Tax & Legal, abogados y asesores fiscales, es quien estudia si la devolución se sostiene y quien da la cara ante la Agencia Tributaria si hay comprobación.
Análisis de la situación
Revisión del expediente antes de nada: si la devolución está bien fundada, qué prueba la sostiene, dónde están los puntos débiles y qué riesgo real tiene de comprobación. Es el mismo dictamen que después sirve para defenderla.
Asesoramiento recaudatorio ante la AEAT
Aplazamientos y fraccionamientos, garantías, compensación de deudas con la devolución pendiente, suspensión de la ejecución y actuaciones frente a providencias de apremio y embargos. La vertiente de recaudación tiene reglas propias y plazos cortos.
Representación y defensa en la comprobación
Representación ante la Administración desde el primer requerimiento: contestaciones, alegaciones, defensa en comprobación limitada e inspección, impugnación separada de la sanción y recursos hasta donde haga falta.
TaxCash es una marca de LRB Legal, S.L. (NIF B75875765), que opera bajo el nombre comercial LRB Tax & Legal.