TaxCash

Inicio/La comprobación/Requisitos de la factura

Requisitos de la factura para que el IVA sea deducible

La factura defectuosa se puede rectificar. Hasta cierto punto, y con matices que conviene conocer antes de que llegue el requerimiento, no después.

El contenido obligatorio

ElementoComentario
Número y, en su caso, serieCorrelativo dentro de cada serie
Fecha de expediciónY fecha de la operación si es distinta
Nombre y apellidos o denominación socialDe emisor y destinatario
NIF del emisorY del destinatario en los supuestos que lo exigen
Domicilio de ambas partesCompleto
Descripción de la operaciónSuficiente para identificar qué se ha entregado o prestado
Base imponibleCon desglose por tipo si hay varios
Tipo impositivoY cuota repercutida por separado
Menciones especialesExención con su fundamento, inversión del sujeto pasivo, regímenes especiales
El defecto más frecuente

La descripción genérica. «Servicios profesionales», «trabajos realizados» o «asesoramiento» no permiten identificar la operación, y es el punto por el que se cuestionan más deducciones de servicios.

La factura simplificada

Puede expedirse en los supuestos previstos y por debajo de determinados importes, pero por sí sola no permite deducir: para ello debe incluir los datos adicionales que la norma exige, señaladamente el NIF y el domicilio del destinatario y la cuota repercutida consignada separadamente.

Es un problema muy habitual en gastos de viaje, combustible, restauración y suministros. La solución es sencilla y sistemática: pedir factura completa en el momento, porque después es mucho más laborioso.

La rectificación

  1. Quién la hace

    El emisor de la factura. El destinatario no puede rectificar un documento ajeno: solo puede solicitarlo.

  2. Cómo

    Mediante factura rectificativa que identifique la factura rectificada y la causa de la rectificación, con serie específica.

  3. Cuándo

    La normativa establece plazos para la expedición de la rectificativa según la causa. Conviene actuar sin demora y no esperar a que el expediente avance.

  4. Con qué efecto

    La subsanación de un defecto formal permite sostener la deducción, especialmente a la luz de la doctrina del TJUE sobre la prevalencia de los requisitos materiales.

Qué es subsanable y qué no

DefectoSubsanable
Falta del NIF del destinatarioSí, mediante rectificativa
Domicilio incompletoSí
Descripción genéricaSí, con rectificativa y documentación complementaria
Falta de desglose de la cuotaSí
Ausencia de la mención de exención o de ISPSí
Factura simplificada sin los datos para deducirSí, solicitando factura completa
Ausencia total de facturaNo: no hay documento que rectificar
Factura que documenta una operación inexistenteNo, y además hay riesgo sancionador

La doctrina del TJUE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido reiteradamente que el principio fundamental de neutralidad exige conceder la deducción del IVA soportado si se cumplen los requisitos materiales, aun cuando el sujeto pasivo haya omitido determinados requisitos formales, siempre que la Administración disponga de los datos necesarios para comprobarlos.

Es el argumento central de cualquier defensa frente a una minoración basada exclusivamente en defectos de la factura, y conviene acompañarlo de la prueba material de la operación: contrato, pago y ejecución.

Preguntas frecuentes

Requisitos de la factura

¿Puedo deducir con un tique de gasolinera?

Solo si contiene los datos que la norma exige para que una factura simplificada permita deducir: NIF y domicilio del destinatario y cuota repercutida consignada por separado. La mayoría de los tiques no los llevan. La solución práctica es pedir factura completa en el momento del repostaje, que casi todas las estaciones emiten sin problema si se solicita.

Mi proveedor no quiere rectificar la factura. ¿Qué hago?

Reclamárselo por escrito, lo que deja constancia de su diligencia. Y en paralelo reforzar la prueba material de la operación: contrato, pedido, correspondencia, justificante de pago y prueba de la entrega o del servicio. Con esa documentación, el argumento de la prevalencia de los requisitos materiales tiene bastante recorrido, aunque la factura conserve el defecto.

La factura tiene fecha de un ejercicio anterior. ¿Puedo deducirla ahora?

Sí, dentro del plazo de cuatro años desde el nacimiento del derecho a deducir, siempre que se anote correctamente en el libro registro del periodo en que se ejercite la deducción. Lo que conviene es que la anotación y la deducción sean coherentes entre sí, porque un desfase sin explicación genera descuadre entre el modelo y los libros.

¿Vale una factura en inglés o en otro idioma?

La normativa permite expedir facturas en cualquier lengua, si bien la Administración puede exigir traducción cuando sea necesaria para la comprobación. En operaciones internacionales relevantes conviene tener preparada una traducción de los documentos esenciales, para no perder tiempo cuando llegue el requerimiento.

Contenidos relacionados

Aviso. Este contenido es informativo y refleja la normativa, el criterio administrativo y la jurisprudencia vigentes en la fecha de su última revisión. Los plazos, los tipos de interés de demora y los criterios de la Agencia Tributaria sobre las devoluciones cambian con frecuencia, y cada expediente depende de sus propios hechos y de la documentación que lo respalde, por lo que conviene verificar siempre la norma aplicable a su periodo. No sustituye al asesoramiento profesional sobre un caso concreto. Para una respuesta sobre su devolución, escríbanos a Contacto@TaxCash.es.

¿Tiene una devolución esperando en Hacienda?

Da igual si acaba de presentarla, si ya han pasado los seis meses o si le ha llegado un requerimiento. Estudiamos el expediente, le decimos si podemos anticiparle el importe y, si hay comprobación, la defendemos hasta el final. La primera valoración no cuesta nada.

Quién lleva el expediente

La valoración y la defensa las lleva LRB Tax & Legal

El anticipo es la parte financiera. El criterio lo pone un despacho: LRB Tax & Legal, abogados y asesores fiscales, es quien estudia si la devolución se sostiene y quien da la cara ante la Agencia Tributaria si hay comprobación.

Análisis de la situación

Revisión del expediente antes de nada: si la devolución está bien fundada, qué prueba la sostiene, dónde están los puntos débiles y qué riesgo real tiene de comprobación. Es el mismo dictamen que después sirve para defenderla.

Asesoramiento recaudatorio ante la AEAT

Aplazamientos y fraccionamientos, garantías, compensación de deudas con la devolución pendiente, suspensión de la ejecución y actuaciones frente a providencias de apremio y embargos. La vertiente de recaudación tiene reglas propias y plazos cortos.

Representación y defensa en la comprobación

Representación ante la Administración desde el primer requerimiento: contestaciones, alegaciones, defensa en comprobación limitada e inspección, impugnación separada de la sanción y recursos hasta donde haga falta.

TaxCash es una marca de LRB Legal, S.L. (NIF B75875765), que opera bajo el nombre comercial LRB Tax & Legal.