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Colaboración con TaxCash: programa para despachos y prescriptores

Impulse su negocio con ventajas concretas. Sus clientes ya tienen devoluciones pendientes; recomendarles una solución que funciona puede tener retorno para su despacho.

Ventajas

Qué gana su despacho

Comisiones por recomendación

Una remuneración por cada cliente que utilice el servicio gracias a su recomendación, liquidada en los términos y plazos que fija el acuerdo. Sin volumen mínimo y sin exclusividad.

Una respuesta que antes no tenía

Sus clientes dejan de esperar meses. Usted pasa de gestionar la frustración a resolver el problema, que es una posición bastante mejor en cualquier relación profesional.

Respaldo técnico en comprobaciones

Cuando un requerimiento de devolución se complica, tiene detrás un equipo de abogados tributaristas. Sin desplazarle de la relación con su cliente.

Cómo colaborar

Tres pasos

  1. Registro

    Completa el alta como colaborador. Sin coste, sin exclusividad y sin compromiso de volumen. Firmamos el acuerdo con el compromiso de no captación y la confidencialidad recíproca.

  2. Recomendación

    Presenta TaxCash a los clientes que tienen devoluciones pendientes de IVA o del Impuesto sobre Sociedades. Le facilitamos material de apoyo y un interlocutor único para todos sus expedientes.

  3. Remuneración

    Recibe su comisión por cada cliente que contrate el servicio gracias a su recomendación, conforme a lo pactado. Con liquidaciones periódicas y detalle de cada operación.

Comisión

Condiciones del programa

ConceptoCondición
Coste de altaNinguno
ExclusividadNo se exige
Volumen mínimoNo se exige
PermanenciaNinguna; el acuerdo es denunciable por ambas partes
ComisiónPor operación cerrada, según el acuerdo firmado
LiquidaciónPeriódica, con detalle por expediente
No captaciónCompromiso expreso y por escrito
ConfidencialidadRecíproca, firmada antes de intercambiar documentación
InterlocuciónPersona de contacto única para todo el despacho

Quién puede colaborar

  • Gestorías y asesorías fiscales con cartera de empresas.
  • Despachos de abogados con área mercantil o fiscal.
  • Auditores y economistas que detectan devoluciones en sus trabajos.
  • Consultoras de subvenciones e I+D+i, muy especialmente por la monetización de deducciones.
  • Asociaciones empresariales y clústeres sectoriales.
  • Agentes y brókeres financieros especializados en circulante.

Qué le pedimos

Poco: que la recomendación sea honesta. Que presente el servicio como lo que es —un anticipo con coste, no un regalo—, que no prometa resultados sobre expedientes que no ha visto y que nos traslade la información del cliente de forma completa. Un expediente presentado con transparencia se resuelve rápido; uno maquillado se cae en el estudio y hace perder tiempo a todos.

Por qué confiar

Lo que puede exigirnos antes de firmar

No le pedimos que nos crea: le pedimos que compruebe estas seis cosas, que son las que distinguen un anticipo serio de una operación de las que luego dan disgustos.

Las condiciones, por escrito y antes

Importe, coste, plazo y qué ocurre si la devolución se minora o se deniega. Todo en la propuesta, antes de que usted firme nada. Si algo no está escrito, no cuenta.

Detrás hay un despacho, no solo dinero

El expediente lo revisan abogados tributaristas y asesores fiscales. Pregúntenos quién firmaría sus alegaciones si Hacienda abre una comprobación: debemos poder darle un nombre.

El estudio previo no cuesta nada

Analizamos el expediente y le decimos si es anticipable sin cobrarle por ello y sin que quede obligado a nada. Si le piden dinero por estudiar su caso, desconfíe.

Su documentación, bajo control

Deber de secreto profesional y tratamiento conforme al RGPD. Si la operación no sale adelante, la documentación se destruye o se le devuelve. Puede pedirlo por escrito.

Su asesoría se queda donde está

No tocamos su contabilidad ni presentamos sus impuestos, y con las gestorías colaboradoras hay compromiso escrito de no captación. Nadie le pide cambiar de asesor.

Interés alineado con el suyo

Si la devolución no se cobra, perdemos los dos. Por eso el estudio es exigente y por eso la defensa del expediente va incluida: no nos conviene anticipar lo que no se sostiene.

Preguntas frecuentes

El programa de colaboración

¿Cuánto se cobra por cada recomendación?

La comisión se fija en el acuerdo de colaboración en función del tipo de operación y del volumen, y se liquida por operación efectivamente cerrada. No publicamos un porcentaje único porque las operaciones son muy distintas entre sí, pero la cifra se comunica por escrito antes de que usted recomiende nada a ningún cliente: nunca se conoce después.

¿La comisión la paga mi cliente?

No. La comisión de colaboración forma parte de la estructura de la operación y se abona por nuestra parte. El cliente conoce el coste total del anticipo en su propuesta, que es el mismo con recomendación o sin ella. Esto es importante y conviene decirlo con claridad: la recomendación no encarece el servicio para su cliente.

¿Tengo que darme de alta en algún régimen especial o registro?

Basta con que pueda emitir factura por la comisión percibida, con el tratamiento fiscal que corresponda a su actividad. No se requiere ninguna inscripción especial para recomendar un servicio profesional. Si su situación tiene alguna particularidad, lo revisamos al firmar el acuerdo.

¿Puedo dejar de colaborar cuando quiera?

Sí. El acuerdo es denunciable por cualquiera de las partes con un preaviso razonable, y la baja no afecta a la liquidación de las operaciones ya cerradas ni a los expedientes en curso, que se terminan en los términos pactados. No hay permanencia ni penalización.

¿Aparecerá mi despacho identificado ante el cliente?

Como usted prefiera. Hay despachos que quieren figurar expresamente porque refuerza su posición ante el cliente —han traído una solución— y otros que prefieren mantenerse al margen de la operación financiera. Ambas opciones son compatibles con el programa.

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Aviso. Este contenido es informativo y refleja la normativa, el criterio administrativo y la jurisprudencia vigentes en la fecha de su última revisión. Los plazos, los tipos de interés de demora y los criterios de la Agencia Tributaria sobre las devoluciones cambian con frecuencia, y cada expediente depende de sus propios hechos y de la documentación que lo respalde, por lo que conviene verificar siempre la norma aplicable a su periodo. No sustituye al asesoramiento profesional sobre un caso concreto. Para una respuesta sobre su devolución, escríbanos a Contacto@TaxCash.es.

¿Tiene una devolución esperando en Hacienda?

Da igual si acaba de presentarla, si ya han pasado los seis meses o si le ha llegado un requerimiento. Estudiamos el expediente, le decimos si podemos anticiparle el importe y, si hay comprobación, la defendemos hasta el final. La primera valoración no cuesta nada.

Quién lleva el expediente

La valoración y la defensa las lleva LRB Tax & Legal

El anticipo es la parte financiera. El criterio lo pone un despacho: LRB Tax & Legal, abogados y asesores fiscales, es quien estudia si la devolución se sostiene y quien da la cara ante la Agencia Tributaria si hay comprobación.

Análisis de la situación

Revisión del expediente antes de nada: si la devolución está bien fundada, qué prueba la sostiene, dónde están los puntos débiles y qué riesgo real tiene de comprobación. Es el mismo dictamen que después sirve para defenderla.

Asesoramiento recaudatorio ante la AEAT

Aplazamientos y fraccionamientos, garantías, compensación de deudas con la devolución pendiente, suspensión de la ejecución y actuaciones frente a providencias de apremio y embargos. La vertiente de recaudación tiene reglas propias y plazos cortos.

Representación y defensa en la comprobación

Representación ante la Administración desde el primer requerimiento: contestaciones, alegaciones, defensa en comprobación limitada e inspección, impugnación separada de la sanción y recursos hasta donde haga falta.

TaxCash es una marca de LRB Legal, S.L. (NIF B75875765), que opera bajo el nombre comercial LRB Tax & Legal.